Plan de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania (¿?) en materia laboral

En materia socio-laboral se adoptan las siguientes medidas que entran en vigor el 31-3-2022:

  1. Con el fin de evitar la destrucción del empleo y del tejido empresarial, hasta 30-6-2022, las empresas beneficiarias de ayudas directas o las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos del ET art.47 a consecuencia de las distorsiones económicas en las empresas producidas por la invasión de Ucrania o el aumento de los precios o costes energéticos, no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
  2. Se prevé un incremento del importe del ingreso mínimo vital correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2022 mediante la aplicación de un porcentaje del 15% al importe reconocido en cada caso.
  3. Los contratos temporales de trabajo de los tripulantes ucranianos enrolados en buques mercantes de bandera española pondrán prolongarse hasta una duración máxima de 12 meses a petición suya. Las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de estos tripulantes se extenderán por el periodo necesario con la mera comunicación por parte de la empresa naviera de la prolongación del contrato.

Entradas populares de este blog

Las evaluaciones informativas

Oposiciones 2023 en Andalucía: corrección a normas generales para realización de las pruebas y materiales empleables

Incapacidad permanente