Aplicación de las retenciones de la LEC en relación con el SMI y las pagas extraordinarias
26/05/2023 21:04:13 Paula Mayo "Los meses con paga doble, la cantidad inembargable es dos veces el SMI” EJEMPLO PRÁCTICO “Buenas tardes, José Manuel, con respecto a la duda aclarada a la compañera Estela, la verdad me resulta un poco confuso, ¡no sé si podrías poner un ejemplo práctico con números para intentar comprenderlo mejor! Muchas gracias de antemano," --------------------- Si estamos en un mes sin paga extra debes tomar el salario mínimo interprofesional mensual “simple” (sin realizar ninguna operación). En los meses sin paga extra, la cuantía inembargable es el importe del SMI mensual, aplicando los porcentajes del art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el la parte de sueldo líquido que exceda de aquella cuantía. Si estamos en un mes de paga doble se toma como SMI el doble mensual como cantidad inembargable. Esa cantidad será inembargable y, a partir de ahí, le aplicas la escala de retenciones de la LEC al resto de lo que se fuese a cobrar. Como ves, la...