Salarios de tramitación

 

6/06/2023 Estela Mayo

Salarios de tramitación

 

Buenas tardes Maite,

Me surge la siguiente duda, revisando el último examen de Extremadura.

Si nos pide que calculemos los salarios de tramitación, ¿qué procedimiento hay que seguir? ¿sería un salario normal con sus correspondientes retenciones o cómo se haría?

Gracias

Buenas noches Estela

Los salarios de tramitación son aquellas cantidades que abona la empresa al trabajador en caso de extinción de la relación laboral y posterior reincorporación, normalmente por sentencia judicial, por el importe de los salarios dejados de percibir desde el momento de la extinción hasta la reincorporación.

El caso más frecuente es cuando se decreta la nulidad del despido, ya que, en dichos casos, la empresa tiene la obligación de reincorporar al trabajador con el abono de dichos salarios.

De la misma manera, también se tiene derecho en caso de que la empresa opte por la readmisión cuando el despido ha sido declarado improcedente.

Según el artículo 56.2 del ET

En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

La Orden de Cotización por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social (publicada anualmente ) establece que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 268.6 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el empresario es el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar por los salarios de tramitación en los supuestos a que se refiere el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de su derecho a reclamar del Estado el importe de las cuotas correspondientes a dichos salarios.


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