Incapacidad permanente derivada de enfermedad común
3/06/2023
Inma Mayo
Incapacidad
permanente
Muchas gracias
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Buenos tardes Inma,
Cuando la incapacidad deriva de enfermedad común, dependiendo
de la edad del trabajador, el cálculo de la base reguladora se hace de la
siguiente manera:
·
Trabajador mayor de 52 años y menor de
65 en la fecha del hecho causante:
Suma BCCC 96 meses anteriores
112
·
Trabajador menor de 52 años en la fecha
del hecho causante:
Suma BCCC mensuales del periodo mínimo de cotización exigible
Número de meses x 1,1666
Posteriormente, y en
ambos casos, al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que
corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para
las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los
años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir
la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no
alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
Esto se realiza para
saber si de la base reguladora resultante se tiene o no en cuenta, el 100% de
la misma, y ya una vez obtenida la base reguladora aplicable, para calcular la
cuantía, se aplicará el porcentaje correspondiente en función del tipo de
incapacidad permanente de que se trate.
Espero haberte resuelto la duda.
Un saludo.