Tramitación de partes médicos de baja/alta y confirmación de IT

El 1-4-2023 ha entrado en vigor el nuevo sistema de tramitación de partes médicos por IT. Este sistema consiste en la entrega al trabajador de una única copia del parte, ya que, desde la fecha mencionada, no es necesario que traslade una copia de ese parte a la empresa. La empresa puede descargar el parte del Fichero INSS Empresas. A tal efecto, el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al INSS por vía telemática.

Una vez recibida esa información, las empresas pueden consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas. Cuando la empresa o el empleador no tenga obligación de incorporarse al Sistema RED, las comunicaciones se realizarán por correo ordinario y por SMS. Esta información estará disponible también en la Sede Electrónica de la Seguridad Social

Con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de 3 días hábiles, la empresa debe transmitir al INSS a través del sistema RED los datos económicos del parte médico de baja. Ya no tendrán que transmitir los datos económicos contenidos en los partes de confirmación y de alta, simplificando también estos procesos.

Igualmente, en caso de que el parte médico de alta sea expedido por el inspector médico del INSS, solo se entregará al trabajador una copia del parte y será el INSS quien comunique a la empresa los datos meramente administrativos de los partes, como máximo, en el primer día hábil siguiente al de su expedición.

Por otro lado, se prevé la posibilidad de que los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua fijen plazos de revisión médica inferiores a los previstos en función de la duración estimada del proceso, lo que podría permitir adelantar el fin de la baja médica.

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